USO DE MASCARILLA EN SERVICIOS DE URGENCIA

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    OBLIGATORIO A PARTIR DEL 1 DE ABRIL.

    Dando cumplimiento a la resolución N° 437 del Ministerio de Salud, a contar del pasado 24  de marzo   se ha establecido  el uso obligatorio de mascarilla, en todos los servicios de urgencias.

    Como  una manera de proteger al persona y los usuarios de los distintos servicios de urgencia, la  medida  es replicada  en  los  establecimientos que dependen de la salud municipal de la comuna, correspondiendo esto al SAR y SUR en Ancud y Chacao respectivamente.

    A este respecto  el  Director de Salud  Municipal de Ancud Christopher Álvarez dijo:

    “Efectivamente nos llegó una resolución del Ministerio de Salud, en el cual se instruye  el uso obligatorio de mascarillas a contar del 1ro., de abril de 2026  hasta el 31 de Agosto, o hasta  que las autoridades estimen lo contrario. Esto con el fin de evitar la transmisión  de los patógenos respiratorios, en una época critica, donde principalmente esta el virus de la influenza, virus respiratorio sincicial,, el COVID 19  entre otros. Esto es – señalo  el profesional de la salud –  una medida  medida  especialmente para los servicios de  urgencias, o sea, estamos hablando de nuestra  red de atención primaria SAR y del SUR.  Por lo tanto esto ya esta instruido a toda nuestra red, para que se supervise el uso de la mascarilla; tanto para los funcionarios como para los usuarios y  por supuesto le pedimos a la comunidad que se respeten estas medidas, a fin de que, se tomen los resguardos correspondientes, entendiendo que esto es por el bien de todos, para evitar así,  saturar los servicios de urgencias con  estas  patologías respiratorias, ahora que ya llega el invierno que es la época mas critica” termino diciendo el directivo de la salud municipal de Ancud.

    En estas condiciones  y tal como señalo Álvarez,  el  Decreto respectivo norma esta situación hasta el  31 de agosto del presente año, sin perjuicio que dadas las condiciones sanitarias pudiera ampliarse el plazo de la medida, por un periodo indeterminado.

    Un dato importante  es lo indicado en el  referido documento  que describe el tipo de mascarilla que debe ser utilizada, correspondiendo esta, a la de tipo médica quirúrgica  de procedimiento,  de tres pliegues  así como también,  respiradores  de alta eficiencia  tipo N95, KN95 o equivalente.

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